miércoles, 15 de septiembre de 2010

Teorías de la deliberación asociadas a la práctica democrática

Las concepciones deliberativas aplicadas a la política son relevantes para cuestionar las representaciones acerca de la democracia, las bases de justificación del poder, los fundamentos de la obediencia, supuestos de justicia y concepciones acerca de la legitimidad política.
Ante las preguntas acerca de cuando el poder es legítimo, las teorías de la deliberación privilegian la discusión o debate acerca de las formas mas apropiadas de llegar a decisiones colectivas e introducen el tema del valor epistémico de la democracia.

Estas concepciones deliberativas mas que ser prometedoras en cuanto a su aplicación práctica, en principio, tienen la pertinencia de reintroducir cuestiones que habían sido dejadas de lado en la práctica democrática. Me refiero a la libertad de los antiguos. Considero que asociar la democracia a un concepto amplio de participación ciudadana y a la identificación de fundamentos razonables de reciprocidad tiene ventaja frente a la concepción reducida de democracia liberal tal como se práctica en gran parte de las experiencias democráticas actuales.

Esto introduce en la vida democrática la necesidad de cuestionarnos acerca de la existencia y aplicación de juicios morales válidos y universales. Resultan cuestionados los procedimientos monólogicos, como el voto, para justificar la democracia. Estas teorías deliberativas, dialógicas retoman la vinculación de la moral y la política y fomentan cuestionamientos acerca de cuales principios de justicia hay que privilegiar, la posibilidad de lograr decisiones imparciales en las decisiones públicas.

Las preguntas acerca de cómo justificar los principios de justicia asociados a la democracia han sido muy debatidas históricamente por varios filósofos políticos.
Con el objeto de justificar el principio liberal de legitimidad, John Rawls elabora una concepción política de la justicia.
El principio liberal de legitimidad de Rawls considera que el ejercicio del poder político es legítimo cuando se ejerce de acuerdo a una constitución, cuyos principios es razonable obedecer.
Rawls reconoce que ninguna doctrina o concepción política comprehensiva (filosófica, moral, religiosa, entre otras) resulta adecuada como concepción política legítima para un régimen constitucional.
Dentro de los límites de la concepción política legítima se reconocen las Razones Públicas. Rawls limita la legitimidad de foros políticos legítimos a tres campos: el discurso de los jueces, el discurso de los funcionarios públicos y el discurso de los candidatos en sus campañas. El deber de atenerse a la razón pública se limita a estos tres ámbitos, no a la cultura de trasfondo donde los sujetos practican sus convicciones morales, religiosas, filosóficas. En los ámbitos de cultura de base, los ciudadanos pueden apelar a sus concepciones comprehensivas. Rawls atribuye pertinencia a la razón pública en las concepciones deliberativas de la democracia. La concepción de razón Pública de Rawls limita las razones a las que pueden recurrir los ciudadanos para justificar sus posiciones políticas.
Rawls reconoce que para que se lleve a cabo la deliberación es importante que se restrinja el poder de ciertos grupos económicos de interés y se asegure cierto nivel de educación a los ciudadanos.

En principio, considero que Rawls aplica acertadamente el uso de la razón pública en ámbitos específicos, permitiéndole a los sujetos retener espacios de preferencias particulares a salvo de los juicios públicos. Además, advierte sobre las dificultades de implementar procesos deliberativos e sociedades marcadas por desigualdades socioeconómicas pronunciadas. Esto destaca la importancia de concebir a los sujetos como agentes autónomos y no sujetos pasivos. Asimismo es pertinente que aclara que los temas pasibles de discusión racional en foros públicos tienen que formar parte del pluralismo razonable, o sea, acudir a razones pasibles de ser universalizables.

Existen varias teorías que retoman aspectos deliberativos. Rawls justifica el acceso al conocimiento epistémico a través de la reflexión individual, considerando a la reflexión con otros agentes como un útil auxiliar de la reflexión individual. Por su parte, Habermas considera que se accede a los principios morales a través de las discusiones intersubjetivas. Rawls sobredimensiona la importancia de la reflexión individual para acceder a juicios morales.

El imperativo categórico de Kant sostiene que debemos actuar de acuerdo con máximas que podamos querer que se conviertan en leyes universales.
En sentido similar, Habermas considera que es posible deducir cierto principio de universalización en los procesos de argumentación. La argumentación presupone reglas discursivas reconocibles por la comunidad de hablantes. Estas reglas son pasibles de ser reconocidas por todos hablantes que comparten una lengua.
Habermas considera que la deliberación se produce a través de los procesos de entendimiento llevados a cabo en la forma institucionalizada de las cámaras parlamentarias y en la red de comunicaciones de formación de la opinión pública.

Esta concepción implica un compromiso con el ideal de reciprocidad ya que precisa considerar a todos los sujetos como iguales y que las razones aducidas en los procesos de deliberación sean accesibles para todos. Las justificaciones en este sentido deben apelar a razones públicas. Sin embargo, los resultados de una deliberación deben ser tomados como provisionales, reconociendo la falibilidad de los actores.
Coincido en reconocer la importancia de los procesos de comunicación y la dimensión discursiva de las razones que pueden considerarse públicas.

Gutmann y Thompson reconocen ciertas ventajas de la concepción deliberativa; destacan que promueve la legitimidad de las decisiones políticas, promueve la reciprocidad y cooperación, facilitan mayores niveles de comprensión de temas complejos, revelan información privada o limitada, superan la racionalidad limitada de los agentes, contribuyen a la implementación de las decisiones políticas, mejoran las cualidades intelectuales de los participantes, revelan la intensidad de las preferencias de las personas.

Algunas desventajas son que tal vez sean poco aplicables a situaciones donde los sujetos están mal informados, tienen pocos niveles de educación y limitación de herramientas de discursos, formas de desacuerdo razonable que cajonean decisiones en la vida real.

Habermas supone la existencia de presupuestos normativos universales en los procesos de argumentación racional. Un problema es que la expectativa de unanimidad parece inalcanzable en contexto de sociedad pluralista. Esto lleva a cuestionarnos acerca de que procedimientos políticos privilegiar.

Considero que aunque el consenso es claramente preferible, es preciso llegar a una posición más pragmática y aceptar las bondades del voto luego de procesos de deliberación llevados a cabo en espacios públicos. Considero que los procedimientos de deliberación que preceden al voto pueden ayudar a esclarecer razones, aumentar la legitimidad de decisiones, entre otras ventajas.

La concepción habermasiana rechaza tanto la imagen de una sociedad definida como una agregación de individuos particulares que compiten entre sí y la imagen republicana que ofrece concepción de un macro sujeto político asociado a la imagen de Rousseau de voluntad general. El modelo republicano considera que el modelo político es el diálogo. Así, la política sería apreciada como una forma de comunicación orientada al entendimiento.

Cabe cuestionarse acerca de que tipo de razones son pasibles de ser aducidas en unos procesos de deliberación. Cohen propone como herramienta para permitir la deliberación recurrir al “pluralismo razonable”.

Nino observa que la discusión moral no consiste en una mera confrontación de intereses personales, sino que los agentes discuten principios y propuestas dotados de pretensiones de validez, o sea, que proponen soluciones con miras al bien común. Nino aclara que la validez no depende de los resultados de la deliberación sino que se cristalizan en los procesos de conocimiento que se generan por la deliberación.

Carlos Nino considera que el consenso unánime es ideal para justificar decisiones públicas. Sin embargo, acepta el procedimiento de voto por mayoría simple para arribar a decisiones.
Se asocia la validez moral de las decisiones al proceso político democrático.
Las políticas públicas tendrán una mayor legitimidad y posibilidad de ser implementadas si provienen del debate libre, reflexivo e informado donde participaran todos los participantes.
Se introduce el tema de la relevancia del compromiso con la imparcialidad de procesos democráticos y la cuestión de la autonomía y la heteronomía del derecho.

Es cierto que la democracia entendida en términos deliberativos resolvería la paradoja de la irrelevancia moral del gobierno. Además comparto la opinión de que la deliberación tiene carácter social e intersubjetivo relacionados con las significaciones públicas compartidas por una comunidad de hablantes.

Supongo que tenemos que contentarnos con la posibilidad de rescatar temas ya olvidados por la práctica democrática para tener una visión mas crítica de la misma y en el largo plazo pensar mecanismos de deliberación prácticos pasibles de ser implementados en foros de discusión públicas. Tal vez sea más sencillo comenzar con procedimientos deliberativos en foros que muchos de los teóricos citados consideran no públicos, como colegios profesionales, iglesias, organizaciones de la sociedad civil.

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